lunes, 19 de junio de 2017

San Juan: se crea el Sistema de Recupero de Costos para hospitales y centros de atención primaria de la salud no descentralizados

Ley 1582 - Poder Legislativo de la Provincia de San Juan

Resultado de imagen para hospital rawson san juanTítulo: Ministerio de Salud Pública. Provincia de San Juan. Hospitales y centros de atención primaria de la salud no descentralizados. Recursos percibidos y que deban percibir. Sistema de Recupero de Costos. Creación.

Fecha B.O.: 30-may-2017

Texto de la norma:

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1.- Crease dentro de la jurisdicción del Ministerio de Salud Publica de la Provincia, el Sistema de Recupero de Costos, con los recursos percibidos y que deban percibir los hospitales y centros de atención primaria de la salud no descentralizados pertenecientes al sistema publico de salud de la Provincia de San Juan, provenientes de prestaciones devengadas a cargo de obras sociales, mutuales, sistemas de medicina prepaga, compañías de seguros y demás terceros obligados por los servicios prestados, y cuyo costo debe ser restituido al Sistema Publico de Salud de la Provincia. 

Artículo 2.- Los recursos obtenidos mediante el Sistema de Recupero de Costos que refiere el Artículo 1; se afectaran de forma especifica a la jurisdicción del Ministerio de Salud Publica, mediante el procedimiento que disponga su recepción, destino, distribución, porcentajes y demás recaudos, que será fijado por la reglamentación de la presente norma legal que a tales efectos emita el Poder Ejecutivo Provincial. 

Artículo 3.- Facultase al Poder Ejecutivo para que a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, realice las modificaciones presupuestarias que fueren necesarias. 

Artículo 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los once días del mes de Mayo del ano dos mil diecisiete.

Promulgación:

San Juan, 23 de Mayo del 2017

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